La nueva ‘Ley de la Seguridad Social’ en Grecia

Delegado del FMI en la Plaza de la Constitución en Atenas
Delegado del FMI en la Plaza de la Constitución en Atenas

Una breve descripción de la nueva ‘Ley de la Seguridad Social’, impuesta por el FMI, la UE, el BCE y el gobierno griego (agosto de 2010)

Despidos-Indemnizaciones-Horas extra

  • Aumentan el límite de los despidos, del 2% por mes que es hoy al 5% y hasta 30 trabajadores, para empresas que tienen más de 150 trabajadores. Las empresas que tienen de 21 a 150 trabajadores podrán despedir hasta 6, mientras que para las pequeñas empresas de menos de 20 trabajadores no se pone ninguna limitación de despidos.
  • Se recortan las indemnizaciones a causa de despido. Para trabajadores que llevan trabajando de 2 a 12 meses, es suficiente el aviso por parte de la patronal 1 mes antes del despido del trabajador, para abonarle una indemnización reducida. Paulatinamente se llega al plazo de 6 meses para aviso de despido a trabajadores que tienen más de 20 años cotizados y la consecuente concesión de una indemnización reducida. ¡La indemnización se le abonará al despedido por plazos! El primer plazo se abonará con el despido, y el resto se estará abonando en plazos cada dos meses. Cada uno de los plazos corresponderá al equivalente de al menos dos sueldos, excepto que el importe que resta para el pago de la indemnización  sea menor.
  • Se recorta la compensación y empeoran las condiciones de las horas de trabajo extra. Los que tienen una jornada laboral de 40 horas por semana no podrán negarse a trabajar hasta 8 horas extra por semana, si se lo pide la empresa en la que trabajan. En realidad, la jornada de 8 horas se convierte en jornada de 9 o 10 horas. Por si fuera poco, el Ministro de Empleo, tras un dictamen del Consejo Supremo de Empleo, tendrá el derecho de dar permiso a las empresas del sector privado y del amplio sector público de imponer horas extra adicionales de las ya mencionadas.

Sueldos-Subsidios

  • La patronal adquiere el derecho de pagar a los jóvenes menores de 25 años que entran por primera vez en el mercado laboral, el 84% del sueldo o salario diario mínimos. Además, tendrá el privilegio de que el Instituto Nacional de Empleo les pague una parte de las cotizaciones de dichos trabajadores. La situación es peor para los jóvenes de 15 a 18 años. La nueva ley prevé unos ¨contratos de aprendizaje especiales¨ de duración de hasta 1 año. Por un año de esclavitud remunerada cobrarán el 70%  del sueldo o salario diario mínimos. Estos jóvenes se supeditarán a un régimen de verdadera esclavitud laboral, ya que, con la excepción de las clausulas sobre la sanidad y la seguridad, no están sujetos a la legislación laboral.
  • Suprimen la 13ª y 14ª paga en todo el sector público. Los que tienen ingresos brutos de más de 3.000e (neto por los 2.000e), no van a cobrar pagas adicionales de navidad, de pascua y de verano. Los que cobran menos de 3.000e (bruto), cobrarán 250e en Pascua, 500e en navidad y 250e en verano, a modo de subsidio…
  • Recortan adicionalmente un 8% de todos los subsidios del sector público. Suprimen todos los subsidios para los trabajadores del sector público que tienen ingresos brutos que superan los 3.000e. Para los trabajadores del sector público, excepto ministerios, donde no haya subsidios se recortan sueldos y compensaciones en un 3%.
  • Han recortado el último plazo del subsidio de solidaridad social para el 2010. Dejan una ventanilla para su eliminación a corto plazo.
  • Reducen el subsidio de paro al 60% del sueldo base, en vez del 80% del último sueldo cobrado antes de salir al paro.
  • Reducen el número de las Cajas de Seguridad a 3 desde el año 2018 (una para empleados, otra para profesionales libres y otra para agricultores). Los empleados del sector público que se vayan a contratar desde el 2013 pertenecerán a la Seguridad Social de los empleados.
  • Se congelan sueldos y pensiones en el sector público al menos para los próximos 3 años (hasta el 2013). No se dará ningún aumento a sueldos y pensiones mientras dure la vigilancia del país por el FMI y la UE. Las nuevas medidas son las de la primera fase del proyecto, de 2010 al mayo de 2013. Desde luego, puede ser que se prolongue la congelación de sueldos y pensiones si se da una prórroga a la vigilancia. En el sector privado, el aumento será del 1.5% para el 2011 y 1.7% para el 2012, muy por debajo hasta del índice de la inflación oficial.

Pensiones

  • ¡La denominada pensión básica alcanzará los… 360e ( a base de los datos de 2010 )! Esta pensión se estará abonando por 12 meses al año. O sea que suprimen la 13ª y la 14ª paga para todos los Fondos. Los que reciben una jubilación que no supera los 2.500e bruto, recibirán 200e en Pascua, 200e en verano y 400e en Navidad ( 800e en vez de dos jubilaciones adicionales)…Este dinero será un subsidio y no una jubilación, por consiguiente en el fututo fácilmente se podrá reducir o eliminar.
  • La obligación del Estado hacia los jubilados se limitará a esta pensión de hambre. La denominada jubilación garantizada para los que han cumplido los 65 años, se pagará siempre y cuando se cumplan ciertos criterios salariales. En concreto, el afiliado a la seguridad social tendrá que haber estado residiendo al menos 15 años en Grecia y que, durante el ejercicio precedente, sus ingresos personales no sean superiores a 10.080e. La cantidad de dinero de la llamada pensión básica se estará constantemente modificando, y no es nada seguro que en el futuro tenga el actual poder adquisitivo. Será determinado por el índice de precios de consumo, la evolución del producto nacional bruto y de la situación económica de los Fondos… Cualquier clausula de la legislación en vigor hasta hoy que preveía aumento de las pensiones o un ajuste indiciado, de una manera diferente de la citada en la nueva ley, a partir de 2014 queda abolida con la nueva ley. Para los que deseen recibir esta pensión de hambre antes de los 65 años, los 360e estarán recortados un 0,5% por cada mes que falta por cumplir los 65 años. ¡Así, si alguien se jubila a los 60 años, perderá el 30% de la jubilación y recibirá como pensión básica unos 252e al mes!
  • La pensión proporcional se va a calcular a partir de las retribuciones cotizadas para la jubilación y el´porcentaje de sustitución´. Primero, como se ha mencionado anteriormente, el Estado no garantiza esta jubilación. Segundo, las retribuciones cotizadas para la jubilación, antes de la nueva ley se calculaban primero a base de las del último año del trabajo, después a partir de las de los cinco mejores de los últimos diez años de trabajo y ahora serán calculadas a base de todos los años cotizados (todos los años de trabajo). Está claro que de este modo las retribuciones para el cálculo de la jubilación son obviamente menores. El índice de ajuste que de forma arbitraria utiliza el Estado para calcularlas, se ve reducido. El segundo factor, después de las retribuciones cotizadas para la jubilación, que será incluido al cálculo de la jubilación, son los coeficientes de sustitución (los porcentajes por los cuales se multiplican las retribuciones cotizadas para la jubilación para calcular la jubilación final), particularmente para los que han cotizado de 25 a 40 años. Hoy llega al 70% (80% para el sector público) del salario promedio de los  5 mejores de los 10 últimos años de trabajo. Un trabajador, para conseguir con la nueva ley el mismo índice con el del régimen anterior, tendrá que trabajar más de 3 a 5 años adicionalmente. Aún así, no llegará a recibir la misma jubilación, porque es muy dudoso, como se ha mencionado, que tenga las mismas retribuciones cotizadas para la jubilación. En realidad la jubilación será calculada como en el sector privado. Por 39, en vez de por 40 años cotizados, la pensión proporcional (aparte de la básica) cae al 55% de las retribuciones cotizadas para la jubilación para la totalidad de la vida laboral. Por 35 años cotizados, la jubilación cae al 45%, mientras que por 40 años llega al 60%, descontando la pensión básica.
  • Las pensiones complementarias se formarán según la sostenibilidad económica de cada uno de los ‘desplumados’ Fondos de Seguridad Social. Las Juntas Directivas de los Fondos van a determinar, hasta principios de 2012, los índices de sustitución. A partir de 2011 el Estado no cubrirá ningún déficit de los Fondos de pensiones complementarias. Siempre que haya déficit, las jubilaciones ´serán adaptadas´, o sea recortadas.
  • A partir de 2011 y cada dos años, la Autoridad Actuarial Nacional planificará y publicará estudios, a partir de los cuales las pensiones ´serán re-determinadas´. Nada se va a garantizar a los trabajadores, ni siquiera la cantidad de la pensión mínima.
  • Las pensiones del sector público superiores a 1.400e, de ahora en adelante estarán sometidas a un impuesto que oscila del 3% al 10% según la jubilación. Van a imponer este impuesto a la suma de las retribuciones para pensiones superiores a 1.400e. La reducción total de las jubilaciones actuales oscila de unos 500e al año para una pensión de 1.400e, a unos 4.200e al año para una pensión mensual superior a 3.500e.
  • Revisan el marco de concesiones de pensiones de invalidez. Un ejemplo indicativo es el de un titular de una renta de invalidez, quien con la nueva ley tendrá derecho al 75% de la pensión básica (¡270e!) si el porcentaje de invalidez oscila de 67% a 80%, y el 50% de la pensión básica (¡180e!) si el porcentaje de invalidez oscila de 50% a 67%.
  • Aumenta la edad de jubilación de las mujeres que trabajan en el sector público, a los 65 años, paulatinamente hasta finales de 2013. La igualación de la edad de jubilación de hombres y mujeres (hacia arriba…) en el sector público comenzará en 2011, con un plazo de adaptación de 3 años. La jubilación reducida se podrá recibir a los 60, en vez de a los 55 que es válido hasta hoy. Con respecto a la jubilación anticipada de hombres y mujeres, por 5 años cotizados de menos, la reducción de la pensión llegará a superar el 30%. La edad límite de los 65 años y en general los límites de la edad de jubilación no se tendrán que dar por hechos, ¡ya que según la nueva ley ‘se van a modificar según el cambio de la esperanza de vida de la población del país’!
  • Para los trabajadores asegurados hasta el 31-12-2010, su pensión se calculará de dos maneras. La primera parte se calculará según el sistema anterior para los años cotizados hasta finales de 2010. La segunda parte, desde 1-1-2011 y hasta la fecha de la jubilación, se va a calcular con las nuevas más desfavorables condiciones. En ambos casos la pensión final será menor hasta un 50% con respecto al sistema vigente.
  • Las madres que tienen un hijo menor de edad o al menos tres hijos y 25 años cotizados, no podrán jubilarse a los 50 años, como era válido hasta hoy. A partir de 2013 este derecho se pierde: podrán recibir una jubilación reducida a los 60 años con más de 5.500 sellos de seguridad social, mientras que hasta hoy podían jubilarse a los 50 años. Para conseguir una jubilación completa tendrán que haber cumplido los 65 años (y siempre que su hijo sea todavía menor de edad…), mientras que hasta hoy podían jubilarse a los 60 años. Las que en 2012 no han cumplido 50 años pero han cotizado 25 años, tendrán que trabajar 5 años más para jubilarse a los 55 años. A partir de 2013 los hombres y las mujeres con 3 hijos o con un hijo con porcentaje de invalidez de al menos 67%, se jubilarán a los 65 y no a los 56 años como ocurría hasta hoy. Las madres de 3 hijos podrán pagar por adquirir hasta 5 años de la llamada seguridad nocional. Es decir que la trabajadora pagará caro el engendramiento para poder jubilarse. También, la nueva ley suspende el derecho de hombres y mujeres con al menos 3 hijos, de jubilarse independientemente de edad de jubilación.
  • Los hombres asegurados antes de 1993 y han cotizado 35 años completos, desde 2012 se jubilarán más tarde de lo que se preveía hasta hoy. De 2012 a 2015, paulatinamente se estará añadiendo un semestre al año. Así, a partir de 2015 se jubilará con pensión reducida a los 60 años con 40 años cotizados, en vez de a los 58 años con 35 años cotizados, como era válido hasta hoy.
  • Aumentan el período mínimo de cotización de los 35 a los 40 años, gradualmente hasta el año 2013. Así, para jubilarse habrá que cumplir 40 años de cotización o haber cumplido 65 años de edad. Se reconocerán hasta 7 años de cotización, pagando por los años del servicio militar, del período de recibir un subsidio a causa de enfermedad o desempleo, del tiempo de vacaciones sabáticas no remuneradas, etc. Es decir que el trabajador es llamado a pagar carísimo la llamada ‘seguridad nocional’.
  • La nueva ley contiene recortes en el listado de los trabajos insalubres. Además, aumenta gradualmente hasta 2013 la edad de jubilación en estas profesiones, en el sector público, de los 55 a los 60 años para hombres y a los 58 años para las mujeres. Aquí también hay una inseguridad total, ya que la nueva ley prevé la modificación de este listado cada 3 años.
  • A partir de 2011 las adultas hijas de padres fallecidos no tendrán derecho a recibir la pensión de sus padres, a menos que sean minusválidas o estudiantes. Se recortan las pensiones que recibían hasta hoy, puesto que la nueva ley pone unos austeros criterios salariales. Para seguir teniendo derecho a ellas, sus ingresos mensuales brutos, excepto las pensiones básica y complementaria, tienen que ser inferiores al salario diario de un obrero no cualificado (hoy son 34e). Si son de 30 a 40 veces más altos, recibirán los 2/3 de la pensión, si son de 40 a 50 veces más altos, recibirán la mitad, y si son de 50 a 60 veces más altos, recibirán la 4ª parte, mientras que se recorta del todo si son más de 60 veces más altos.